Transitorios
OCTAVO. Las acciones que lleve a cabo la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales para la aplicación del presente Reglamento, en las que se ejerzan recursos de carácter federal, se sujetarán a la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria y su Reglamento, así como a las disposiciones aplicables en materia presupuestaria y a la disponibilidad de recursos que se haya aprobado para tal fin en el Presupuesto de Egresos de la Federación en el ejercicio fiscal correspondiente.