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Artículo 25

REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores

Artículo 25

CAPÍTULO TERCERO - Del Consejo Directivo

Artículo 25.- En la primera sesión ordinaria del año se presentará la propuesta de calendario para las sesiones ordinarias del Consejo Directivo y, en su caso, las adecuaciones al programa financiero anual, con estricto apego al Presupuesto de Egresos de la Federación del ejercicio fiscal correspondiente.

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