TÍTULO PRIMERO - Disposiciones Generales · CAPÍTULO II - De la Afiliación y de la Vigencia de Derechos
Artículo 3. La persona militar en servicio activo realizará el trámite de Afiliación por conducto de la Secretaría de origen, la cual deberá remitir al Instituto la Hoja de Trabajo de la persona militar.
Artículo reformado DOF 20-03-2026