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Artículo 92

REGLAMENTO de la Ley de la Policía Federal

Artículo 92

TÍTULO PRIMERO - DE LA ORGANIZACIÓN · CAPÍTULO TERCERO - DE LAS ATRIBUCIONES · SECCIÓN SÉPTIMA - DE LAS DIRECCIONES GENERALES

Artículo 92.- Corresponde a la Dirección General de Recursos Humanos:

  1. Proponer la elaboración de políticas, estrategias, normas y lineamientos en materia de administración de recursos humanos, ejecutar las mismas, difundir las vigentes y vigilar que las unidades administrativas de la se apeguen a las mismas;
  2. Intervenir en la elaboración del anteproyecto de presupuesto anual de la , respecto a los recursos humanos;
  3. Proponer a la Coordinación de Servicios Generales, cambios o adecuaciones a la organización interna de la y medidas administrativas que mejoren su funcionamiento;
  4. Compilar los Manuales de Organización y procedimientos de las unidades administrativas de la , verificar que los mismos se apeguen a los lineamientos correspondientes y, en su caso, impulsar su actualización;
  5. Participar en la elaboración de los nombramientos del personal de la y en los trámites para las designaciones, altas o promociones; incapacidades y licencias; bajas por fallecimiento o renuncia; ejecutar el retiro o jubilación de los de la , de conformidad con la legislación vigente; en el retiro voluntario en los casos que proceda; así como en el cumplimiento de las sanciones impuestas por autoridad competente y en la aplicación de medidas disciplinarias;
  6. Elaborar las constancias y certificaciones de carácter laboral que se requieran y someterlas a consideración del Coordinador de Servicios Generales para su expedición;
  7. Participar en la ejecución de las resoluciones que emita el , sus Comisiones o Comités, el Órgano Interno de Control en la Policía Federal, así como las que emitan otras autoridades competentes y que incidan en el ámbito de su competencia;
  8. Elaborar la constancia que acredite el otorgamiento de estímulos y recompensas, la cual deberá ser integrada al expediente del Integrante y, en su caso, con la autorización de portación de la condecoración correspondiente;
  9. Diseñar, operar y difundir los procedimientos para el pago de las remuneraciones del personal de la ;
  10. Difundir entre los de la , las prestaciones y servicios que se les otorgan, incluyendo a sus derechohabientes, y promover programas internos de bienestar social, salud y acciones de protección al ingreso económico de los trabajadores, a través del otorgamiento de servicios y el fomento de la participación de ellos y sus familias en actividades culturales, deportivas y recreativas;
  11. Asesorar a las unidades de administración de las Coordinaciones Estatales en el trámite de los asuntos que les corresponda atender;
  12. Integrar, controlar y mantener actualizados, los expedientes personales y administrativos de los servidores públicos de la ;
  13. Controlar y evaluar la operación del de administración y desarrollo de personal;
  14. Participar en el establecimiento de sistemas de reclutamiento, selección, contratación, nombramiento, inducción, remuneración, servicios sociales, motivación, capacitación, formas de identificación y movimientos de los servidores públicos de la ;
  15. Formular y mantener actualizados el Catálogo Institucional de Puestos y el Tabulador de Sueldos de la ;
  16. Dar seguimiento a las acciones e incidencias propias de las relaciones laborales de la con sus trabajadores;
  17. Mantener actualizado el registro presupuestal de las estructuras orgánicas ocupacionales y salariales de la ;
  18. Cuantificar, costear y validar, en su caso, los programas de reclasificación y requerimientos de recursos humanos que demanden las unidades administrativas de la , en coordinación con las instancias competentes de la misma;
  19. Dictaminar la vigencia o prescripción del derecho del personal de la efectuar el cobro de remuneraciones omitidas;
  20. Participar en el de evaluación del desempeño y el otorgamiento de premios, estímulos, recompensas y reconocimientos a los trabajadores de la ;
  21. Operar y mantener actualizado el integral de información de recursos humanos;
  22. Coadyuvar con Dirección General de Asuntos Jurídicos en las diligencias e investigaciones relativas al incumplimiento de obligaciones laborales en que pudiera incurrir el personal e instrumentar las medidas correctivas de carácter administrativo a que se haga acreedor;
  23. Participar en la formulación, instrumentación y evaluación de los programas en materia de recursos humanos;
  24. Instrumentar la aplicación de los dictámenes sobre la composición de la fuerza de trabajo de las unidades de la ;
  25. Implementar las políticas, normas y procedimientos para la atención médica, odontológica y de alimentación del personal de la ;
  26. Participar en la implementación de las políticas, normas y lineamientos para la detección del consumo de drogas entre el personal de la ;
  27. Brindar apoyo y los servicios necesarios para el desarrollo de los actos sociales y culturales, así como festividades dirigidas a los de la y, en su caso, eventos institucionales;
  28. Participar en la expedición de las credenciales y constancias de identificación del personal de la ;
  29. Proponer a su coordinador la celebración de contratos y convenios necesarios para cumplir con sus funciones, y
  30. Las demás que le confieran este Reglamento, otras disposiciones legales aplicables o aquéllas que le encomiende el inmediato superior de quien dependa.
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