Reglamento [Reg_LPPDDHP]

Artículo 63 de REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas

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REGLAMENTO de la Ley para la Protección de Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas (Reg_LPPDDHP)

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Artículo 63

TÍTULO QUINTO - DE LAS MEDIDAS · CAPÍTULO III - DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS Y DE PROTECCIÓN

Artículo 63.- Las Medidas Preventivas son el conjunto de acciones y medios cuya implementación permite anticiparse, a fin de evitar la consumación de las agresiones.

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