TÍTULO TERCERO - DE LA GENERACIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA · Capítulo IV - De los Esquemas para el Desarrollo Mixto · Sección I - Disposiciones Generales
Artículo 75. Los esquemas para el desarrollo mixto deben asegurar las mejores condiciones económicas, técnicas, financieras y operativas para el Sistema Eléctrico Nacional.