Artículo 304. En la Normatividad que para tal efecto emitan la Secretaría o la Comisión, en el ámbito de sus atribuciones, se debe establecer entre otros, el procedimiento para la determinación, ejecución y evaluación en la implementación del mecanismo al que se refiere el artículo anterior.
Reglamento [Reg_LSH]
Artículo 304 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
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TÍTULO OCTAVO - DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE SANCIONES
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