TÍTULO OCTAVO - DEL PROCEDIMIENTO PARA LA DETERMINACIÓN DE SANCIONES
Artículo 304. En la Normatividad que para tal efecto emitan la Secretaría o la Comisión, en el ámbito de sus atribuciones, se debe establecer entre otros, el procedimiento para la determinación, ejecución y evaluación en la implementación del mecanismo al que se refiere el artículo anterior.