Reglamento [Reg_LSH]

Artículo 306 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

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REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (Reg_LSH)

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Artículo 306

TÍTULO NOVENO - OTRAS DISPOSICIONES · Capítulo I - De la Ocupación Temporal y la Intervención

Artículo 306. La ocupación temporal o intervención no afectan derechos adquiridos por terceras personas de buena fe relacionados directamente con el permiso, los cuales pueden ser laborales, mercantiles, civiles, entre otros, y se debe procurar la continuidad de sus efectos jurídicos.

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