Reglamento [Reg_LSH]

Artículo 40 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

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REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (Reg_LSH)

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Artículo 40

TÍTULO SEGUNDO - DEL RECONOCIMIENTO Y EXPLORACIÓN SUPERFICIAL Y DE LA EXPLORACIÓN Y EXTRACCIÓN DE HIDROCARBUROS · Capítulo IV - De las Asignaciones para Desarrollo Mixto · Sección Segunda - De la Modificación de Modalidad

Artículo 40. El procedimiento para la modificación de la modalidad de una Asignación debe sujetarse a lo previsto en los artículos 18 y 19 de este reglamento.

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