LIBRO Tercero TÍTULO Quinto CAPÍTULO III
Artículo 1673.- Si el heredero repudia la herencia en perjuicio de sus acreedores, pueden éstos pedir al juez que los autorice para aceptar en nombre de aquél.
Ley [CCF]
LIBRO Tercero TÍTULO Quinto CAPÍTULO III
Artículo 1673.- Si el heredero repudia la herencia en perjuicio de sus acreedores, pueden éstos pedir al juez que los autorice para aceptar en nombre de aquél.
Navegación jurídica
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Código Civil Federal (CCF)
Busca por número de artículo o por texto dentro de esta ley.