LIBRO Primero TÍTULO Quinto CAPÍTULO V
Artículo 195.- La sentencia que declare la ausencia de alguno de los cónyuges, modifica o suspende la sociedad conyugal en los casos señalados en este Código.
Ley [CCF]
LIBRO Primero TÍTULO Quinto CAPÍTULO V
Artículo 195.- La sentencia que declare la ausencia de alguno de los cónyuges, modifica o suspende la sociedad conyugal en los casos señalados en este Código.
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