Artículo 24.- El mayor de edad tiene la facultad de disponer libremente de su persona y de sus bienes, salvo las limitaciones que establece la ley.
Lectura de artículo · CCF
Artículo 24
Código Civil Federal
Relaciones del artículo 24
- Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado
Artículo
Ley completa
Salen del 24
Llegan al 24
Entre otros artículos