Ley [CCF]
Artículo 2830 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Cuarto TÍTULO Decimo Tercero CAPÍTULO III
Artículo 2830.- El fiador que paga, se subroga en todos los derechos que el acreedor tenía contra el deudor.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Cuarto TÍTULO Decimo Tercero CAPÍTULO III
Artículo 2830.- El fiador que paga, se subroga en todos los derechos que el acreedor tenía contra el deudor.