Ley [CCF]
Artículo 876 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Segundo TÍTULO Cuarto CAPÍTULO III
Artículo 876.- El tesoro oculto pertenece al que lo descubre en sitio de su propiedad.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
LIBRO Segundo TÍTULO Cuarto CAPÍTULO III
Artículo 876.- El tesoro oculto pertenece al que lo descubre en sitio de su propiedad.