Ley [LESS]
Articulo 49
Ley De La Economía Social Y Solidaria
Artículo 49. Tratándose de empresas de participación estatal mayoritaria, se estará a lo dispuesto por la , la y a las demás disposiciones legales que le resulten aplicables.
Cuando dichas empresas se encuentren en proceso de desincorporación, las autoridades competentes deberán tomar en cuenta a los trabajadores, a través de las organizaciones o empresas del sector ya existentes o las que sean constituidas para tal efecto, para ser considerados en la transferencia de los bienes de estas.