Ley [LESS]

Articulo 49

Ley De La Economía Social Y Solidaria

Artículo 49. Tratándose de empresas de participación estatal mayoritaria, se estará a lo dispuesto por la , la y a las demás disposiciones legales que le resulten aplicables.

Cuando dichas empresas se encuentren en proceso de desincorporación, las autoridades competentes deberán tomar en cuenta a los trabajadores, a través de las organizaciones o empresas del sector ya existentes o las que sean constituidas para tal efecto, para ser considerados en la transferencia de los bienes de estas.

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