Ley [LFCPQ]

Articulo 13

Ley Federal Para El Control De Precursores Químicos, Productos Químicos Esenciales Y Máquinas Para Elaborar Cápsulas, Tabletas Y/O Comprimidos

Artículo 13.- Para los efectos del artículo anterior, las personas físicas o morales deben recabar, de aquéllas con las que realicen cualquier actividad regulada, copia de los documentos siguientes:

Párrafo reformado DOF

  1. Las autorizaciones sanitarias o avisos de funcionamiento de los establecimientos respectivos, en los términos de la y demás disposiciones aplicables;
  2. De personas morales: la documentación que acredite que se encuentran legalmente constituidas, que contenga su objeto social, domicilio, nombre de las personas socias a la fecha de la realización de la actividad regulada y que su representante legal cuenta con facultades para la celebración del acto;

    Fracción reformada DOF

  3. De personas físicas o morales que no tengan domicilio en territorio nacional: la documentación certificada por el o la funcionaria del país de origen y su legalización o apostilla con la que acredite su objeto social, su domicilio, nombre de las personas socias y que se encuentran autorizadas o registradas por las autoridades competentes de su país para efectuar la operación de que se trate, y

    Fracción reformada DOF

  4. Los demás documentos que la determine previa opinión favorable de las dependencias, publicados en el para el cumplimiento del objeto de .

    Fracción reformada DOF

    IVas personas físicas o morales que realicen las actividades reguladas a que se refiere deben verificar la identidad de aquéllas con las que realicen actividades reguladas mediante identificaciones o documentos oficiales, así como recabar y conservar copia de esos documentos.

Párrafo adicionado DOF

    IVa documentación respectiva debe recabarse una sola vez y conservarse de manera física por un periodo de cinco años contados a partir de la realización de la actividad regulada.

Párrafo reformado DOF

    IVas personas físicas o morales deben custodiar, proteger, resguardar y evitar la destrucción u ocultamiento de la documentación señalada en el presente artículo, así como brindar las facilidades necesarias para que las autoridades lleven a cabo las visitas de verificación en los términos de la .

Párrafo adicionado DOF

Asimismo las personas físicas o morales deben reportar en el Sistema Integral de Sustancias la información de la documentación señalada en este artículo respecto de las personas físicas o morales con las que realicen actividades reguladas.

Párrafo adicionado DOF

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