Ley [LFD]

Artículo 172-j de Ley Federal De Derechos

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Ley Federal De Derechos (LFD)

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Artículo 172-j.- Por la recepción, estudio de la solicitud y, en su caso, la autorización, aprobación o modificación de los servicios ferroviarios, se pagarán derechos conforme a las siguientes cuotas:

Párrafo reformado DOF

    I- Manuales de sistemas de control de tránsito $13,218.78
    II- Horarios ferroviarios $11,360.14

Fracción adicionada DOF

    III- Reglamento interno de transporte $10,584.07

Fracción adicionada DOF

Artículo adicionado DOF

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