Ley [LFD]

Artículo 195-z-15 de Ley Federal De Derechos

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Ley Federal De Derechos (LFD)

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Artículo 195-z-15. Por la expedición y, en su caso, reposición de los siguientes documentos, se pagará el derecho conforme a las siguientes cuotas:

  1. Expedición y reposición de libreta de mar y documento de identidad marítima se pagará por cada uno $602.35
  2. Por la expedición o reposición de refrendo y dispensa a personal subalterno $973.86

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