Ley [LFIIEDB]
Artículo 58 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 58. Para el desarrollo de los Proyectos se gestionarán y obtendrán las autorizaciones que se requieran en términos de la legislación aplicable en la materia de que se trate y que se señalen en los propios contratos en cualquiera de los Esquemas de Participación Mixta.