Ley [LFIIEDB]

Artículo 75 de Ley Para El Fomento De La Inversión En Infraestructura Estratégica Para El Desarrollo Con Bienestar

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 75. La persona titular de la Presidencia del Consejo tendrá las atribuciones siguientes:

  1. Conducir y organizar el funcionamiento del Consejo;
  2. Revisar los informes de avance y resultados que se presenten en el Consejo;
  3. Coordinar los grupos de trabajo designados por el Consejo, para el debido cumplimiento de sus objetivos, y
  4. Aquellas otras que sean determinadas por acuerdo del Consejo.
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