Artículo 330.- La solicitud de declaración administrativa que se interponga deberá contener los siguientes requisitos:

    I - El nombre de la persona solicitante y, en su caso, de su representante;

Fracción reformada DOF

    II - El domicilio para oír y recibir notificaciones, y una dirección de correo electrónico;
    III - El nombre y domicilio de la contraparte o de su representante legal;
    IV - El objeto de la solicitud, detallándolo en términos claros y precisos;
    V - La descripción de los hechos;
    VI - Las pruebas que ofrezca, en su caso, y
    VII - Los fundamentos de derecho relacionados con el objeto de su solicitud.
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