Ley [LFRSP]

Articulo 41

Ley Federal De Responsabilidades De Los Servidores Públicos

Artículo 41.- En el juicio político al que se refiere , los acuerdos y determinaciones de las Cámaras se tomarán en sesión pública, excepto en la que se presenta la acusación o cuando las buenas costumbres o el interés en general exijan que la audiencia sea secreta.

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