Ley [LFRSP]
Articulo 6o
Ley Federal De Responsabilidades De Los Servidores Públicos
Artículo 6o.- Es procedente el juicio político cuando los actos u omisiones de los servidores públicos a que se refiere el artículo anterior, redunden en perjuicio de los intereses públicos fundamentales o de su buen despacho.