Ley [LFRSP]
Articulo segundo
Ley Federal De Responsabilidades De Los Servidores Públicos
Artículo segundo.- Todas las dependencias de la Administración Pública Federal, establecerán dentro de su estructura orgánica, en un plazo no mayor de seis meses el órgano competente a que se refiere el artículo de .
La , el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y las Cámaras de Senadores y Diputados del Congreso de la Unión, establecerán los órganos y sistemas a que hace referencia el artículo en un plazo no mayor de seis meses.