Ley [LFZEE]

Articulo 22

Ley Federal De Zonas Económicas Especiales

Artículo 22. El Permiso deberá contener, entre otros:

  1. Nombre y domicilio del permisionario;
  2. El fundamento legal y los motivos de su otorgamiento;
  3. La delimitación geográfica de la Zona;
  4. Los programas de construcción y desarrollo de la infraestructura de la Zona;
  5. Los compromisos y estándares de los Servicios Asociados;
  6. Las bases de regulación tarifaria;
  7. Los derechos y obligaciones de los permisionarios;
  8. El periodo de vigencia;
  9. La forma y términos en que el Administrador Integral deberá constituir las garantías que, en su caso, sean necesarias para respaldar el cumplimiento de sus obligaciones;
  10. Las pólizas de seguros y coberturas que deberá contratar el Administrador Integral para hacer frente a posibles riesgos o daños; en particular, aquellas relacionadas con el aseguramiento de obras e instalaciones, y las pólizas de responsabilidad civil respectivas, y
  11. Las causas de terminación e intervención.
Citado por 0 leyes