Ley [LFZEE]
Articulo 22
Ley Federal De Zonas Económicas Especiales
Artículo 22. El Permiso deberá contener, entre otros:
- Nombre y domicilio del permisionario;
- El fundamento legal y los motivos de su otorgamiento;
- La delimitación geográfica de la Zona;
- Los programas de construcción y desarrollo de la infraestructura de la Zona;
- Los compromisos y estándares de los Servicios Asociados;
- Las bases de regulación tarifaria;
- Los derechos y obligaciones de los permisionarios;
- El periodo de vigencia;
- La forma y términos en que el Administrador Integral deberá constituir las garantías que, en su caso, sean necesarias para respaldar el cumplimiento de sus obligaciones;
- Las pólizas de seguros y coberturas que deberá contratar el Administrador Integral para hacer frente a posibles riesgos o daños; en particular, aquellas relacionadas con el aseguramiento de obras e instalaciones, y las pólizas de responsabilidad civil respectivas, y
- Las causas de terminación e intervención.