Ley [LFZEE]
Articulo 44
Ley Federal De Zonas Económicas Especiales
Artículo 44. Los asignatarios, permisionarios y autorizados estarán obligados a entregar oportunamente a la Secretaría la información que se requiera para la publicación a que se refiere este Capítulo, en los términos previstos en el Reglamento de .