Ley [LGAHOTDU]

Articulo 103

Ley General De Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial Y Desarrollo Urbano

Artículo 103. La planeación de las obras públicas y de los servicios relacionados con las mismas deberá ajustarse a lo dispuesto en el , así como a los planes y programas de ordenamiento territorial, de Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano.

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