Ley [LGAHOTDU]

Articulo 92

Ley General De Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial Y Desarrollo Urbano

Artículo 92. La Federación, las entidades federativas, los municipios y las Demarcaciones Territoriales, promoverán la participación ciudadana en todas las etapas del proceso de ordenamiento territorial y la planeación del Desarrollo Urbano y Desarrollo Metropolitano.

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