Ley [LGAHOTDU]

Articulo décimo cuarto

Ley General De Asentamientos Humanos, Ordenamiento Territorial Y Desarrollo Urbano

TRANSITORIOS

décimo cuarto.. En un plazo no mayor a seis meses a partir de la entrada en vigor de este Decreto, el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones a la que incorpore el Subsistema Nacional de Ordenamiento Territorial y Urbano.

Citado por 0 leyes