cuarto.. La Comisión diseñará e implementará el Sistema Nacional de Monitoreo Forestal, a que se refiere el artículo 34, fracción VII en un plazo de un año a partir de la entrada en vigor de la presente Ley.
Ley [LGDFS]
Artículo cuarto de Ley General De Desarrollo Forestal Sustentable
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Reglamento vinculado
REGLAMENTO de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable
[Reg_LGDFS]
Artículo citado
Artículo 34 de LGDFS
[LGDFS]
Vínculo entre normas
Ley De La Agencia Nacional De Seguridad Industrial Y De Protección Al Medio Ambiente Del Sector Hidrocarburos
[LANSI]
Vínculo entre normas
Ley Federal Para La Administración Y Enajenación De Bienes Del Sector Público
[LFAEBSP]
Vínculo entre normas
Ley De Desarrollo Rural Sustentable
[LDRS]
Vínculo entre normas
Ley General Del Equilibrio Ecológico Y La Protección Al Ambiente
[LGEEPA]
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