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Artículo 29

Ley De La Guardia Nacional

Artículo 29. Los grados de la , en orden decreciente, son:

  1. Generales:
    1. General de División de ;
    2. General de Brigada de , y
    3. General Brigadier de .
  2. Jefes:
    1. Coronel de ;
    2. Teniente Coronel de , y
    3. Mayor de .
  3. Oficiales:
    1. Capitán Primero de ;
    2. Capitán Segundo de ;
    3. Teniente de , y
    4. Subteniente de .
  4. Tropa:
    1. Sargento Primero de ;
    2. Sargento Segundo de ;
    3. Cabo de , y
    4. Soldado de .
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