Ley [LNED]

Artículo 146 de Ley Nacional De Extinción De Dominio

Texto íntegro, referencias y ley completa.

Artículo 146. Los escritos y notas taquigráficas pueden presentarse por vía de prueba, siempre que se acompañe la traducción de ellos, haciéndose especificación exacta del sistema taquigráfico empleado.

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