Ley [LOAPF]
Artículo quinto de Ley Orgánica De La Administración Pública Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
quinto..- Cuando en se dé una denominación nueva o distinta a alguna dependencia cuyas funciones estén establecidas por ley anterior, dichas atribuciones se entenderán concedidas a la dependencia que determine y demás disposiciones relativas.