Ley [LRASCAP]
Artículo 119 de Ley Para Regular Las Actividades De Las Sociedades Cooperativas De Ahorro Y Préstamo
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 119.- Las penas previstas en , se reducirán en un tercio cuando se acredite haber reparado el daño o haber resarcido el perjuicio ocasionado.