Ley [LSH]
Artículo séptimo de Ley Del Sector Hidrocarburos
Texto íntegro, referencias y ley completa.
séptimo..- Los contratos de venta de primera mano que tengan suscritos Petróleos Mexicanos y sus empresas filiales, deberán migrar a contratos de Comercialización en un plazo no mayor a ciento ochenta días naturales, contados a partir de la fecha de entrada en vigor de .