Artículo 33.- Para calcular el importe de las multas se tendrá como base el salario mínimo general diario en el Distrito Federal, vigente el día en que se realice la conducta infractora.
Ley [LTOSF]
Artículo 33.- Para calcular el importe de las multas se tendrá como base el salario mínimo general diario en el Distrito Federal, vigente el día en que se realice la conducta infractora.
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Ley Para La Transparencia Y Ordenamiento De Los Servicios Financieros (LTOSF)
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