Reglamento [Reg_LEMEFAGN]

Artículo 144 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional

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REGLAMENTO de la Ley de Educación Militar del Ejército, Fuerza Aérea y Guardia Nacional (Reg_LEMEFAGN)

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Artículo 144

TÍTULO SÉPTIMO - Acreditación, Certificación y Revalidación de Estudios · CAPÍTULO I - Generalidades

ARTÍCULO 144.- La Secretaría, a través de la Dirección y Rectoría, llevará a cabo la acreditación, certificación y revalidación de estudios, estableciendo los procedimientos administrativos correspondientes.

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