Reglamento [Reg_LEN]

Artículo 22 de REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval

Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.

Ver reglamento completo

Artículo 22

CAPÍTULO III - Del Sistema Educativo

Artículo 22.- Los Establecimientos Educativos Navales estarán provistos de los recursos humanos, materiales, técnicos, financieros e instalaciones, para atender cuantitativa y cualitativamente sus necesidades de capacitación y formación, de conformidad con la disponibilidad presupuestaria.

Ver artículo Markdown

Buscar en este reglamento Por artículo o término

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley de Educación Naval (Reg_LEN)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Formatos y archivos Markdown
Publicidad