Artículo 96.- Los Comités Consultivos Regionales o Estatales de Semillas se constituyen como órganos de consulta, asesoría, seguimiento y evaluación, y base de la operación del Sistema Nacional.
Reglamento [Reg_LFPCCS]
Artículo 96 de REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPÍTULO X - DE LOS COMITÉS CONSULTIVOS REGIONALES O ESTATALES DE SEMILLAS
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley reglamentada
Ley Federal De Producción, Certificación Y Comercio De Semillas
[LFPCCS_110518]
Mismo capítulo
Artículo 97 de Reg_LFPCCS
[Reg_LFPCCS]
Mismo capítulo
Artículo 98 de Reg_LFPCCS
[Reg_LFPCCS]
Mismo capítulo
Artículo 99 de Reg_LFPCCS
[Reg_LFPCCS]
Mismo capítulo
Artículo 100 de Reg_LFPCCS
[Reg_LFPCCS]
Artículos cercanos
Buscar en este reglamento Por artículo o término
Buscar artículo o término en este reglamento
REGLAMENTO de la Ley Federal de Producción, Certificación y Comercio de Semillas (Reg_LFPCCS)
Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.