Artículo 23. Los organismos, instituciones públicas y privadas integrantes del SINADE, que reciban recursos públicos federales con cargo al presupuesto de la CONADE, se sujetarán a las disposiciones jurídicas presupuestarias aplicables, a las condiciones establecidas en los convenios de coordinación y concertación celebrados con ésta, así como a las Reglas de Operación aprobadas.
Reglamento [Reg_LGCFD]
Artículo 23 de REGLAMENTO de la Ley General de Cultura Física y Deporte
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TÍTULO TERCERO - DEL SECTOR PÚBLICO · CAPÍTULO II - De la Concurrencia, Coordinación, Colaboración y Concertación
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