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Artículo 51

REGLAMENTO de la Ley de la Guardia Nacional

Artículo 51

TÍTULO SEGUNDO - ESTRUCTURA Y FUNCIONAMIENTO DE LA INSTITUCIÓN · Capítulo VIII - De la Unidad de Asuntos Jurídicos y Transparencia

Artículo 51. La Dirección General Consultiva y Control Regional tiene las atribuciones siguientes:

  1. Intervenir en los asuntos de carácter legal en que tenga injerencia la , en materia consultiva;
  2. Elaborar los proyectos de respuesta a las asesorías jurídicas y opiniones requeridas por el , los titulares de las unidades de la , así como el y los Consejos de Disciplina, con motivo del desempeño de sus atribuciones, además de fijar, sistematizar y difundir los criterios de interpretación y aplicación de las disposiciones jurídicas que normen a la ;
  3. Participar en las acciones que en materia jurídica lleva a cabo la , a fin de prevenir y atender posibles conflictos normativos;
  4. Requerir a las unidades de la , la documentación e información que requiera para el cumplimiento de sus atribuciones;
  5. Integrar y sistematizar el acervo de información y documentación necesaria para el eficiente cumplimiento de sus atribuciones;
  6. Representar a la Unidad de Asuntos Jurídicos y Transparencia en las reuniones de cuerpos colegiados constituidos por la ;
  7. Analizar las consultas que formulen las unidades de la en materia de transparencia, acceso a la información y datos personales;
  8. Verificar que la información que en materia de acceso a la información sea proporcionada por las unidades de la conforme a las disposiciones jurídicas aplicables;
  9. Evaluar las acciones realizadas por las unidades de la , en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales;
  10. Coordinar los estudios e informes que solicite el superior jerárquico y demás que sean necesarios para promover el acceso a la información, transparencia y protección de datos personales;
  11. Auxiliar al Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Transparencia en la atención de las solicitudes de acceso a la información, de datos personales y, en su caso, los recursos de revisión;
  12. Proponer al Titular de la Unidad de Asuntos Jurídicos y Transparencia los mecanismos para la atención, trámite, registro y control de las solicitudes de acceso a la información, protección de datos personales y los recursos de revisión;
  13. Coadyuvar en materia de transparencia, acceso a la información y protección de datos personales, con la Unidad de Transparencia de la y de los demás órganos administrativos desconcentrados, en términos de las disposiciones jurídicas aplicables;
  14. Proponer las acciones para la actualización de los sistemas de datos personales e índice de expedientes reservados de la ;
  15. Diseñar y proponer los mecanismos y acciones encaminados a brindar atención a las peticiones que se presenten en los aspectos de la competencia de la ;
  16. Establecer criterios jurídicos a los enlaces jurídicos de las unidades de la en las materias de su competencia, así como brindarles apoyo para el eficiente desempeño de sus atribuciones, y
  17. Las demás que le confieran otras disposiciones jurídicas, así como aquellas funciones que le encomiende su superior.
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