Artículo 6.- El Instituto definirá las políticas y lineamientos para la formulación de sus programas operativo y financiero anuales a que se refiere el artículo 6 de la Ley, de acuerdo con la normatividad en la materia que para tal efecto establezca la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Reglamento [Reg_LIFNCT]
Artículo 6 de REGLAMENTO de la Ley del Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
CAPÍTULO SEGUNDO - De las Atribuciones del Instituto
Navegación jurídica
Relaciones verificadas del artículo
Enlaces obtenidos del texto, el catálogo y los vínculos verificados entre normas.
Ley reglamentada
Ley Del Instituto Del Fondo Nacional Para El Consumo De Los Trabajadores
[LIFNCT]
Artículo citado
Artículo 6 de LIFNCT
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Mismo capítulo
Artículo 7 de Reg_LIFNCT
[Reg_LIFNCT]
Mismo capítulo
Artículo 8 de Reg_LIFNCT
[Reg_LIFNCT]
Mismo capítulo
Artículo 9 de Reg_LIFNCT
[Reg_LIFNCT]
Mismo capítulo
Artículo 10 de Reg_LIFNCT
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