Artículo Transitorio Décimo Noveno

Transitorio Décimo Noveno

Transitorios

Décimo Noveno.- La Secretaría expedirá los Manuales y Manuales Técnicos a que hace referencia este Reglamento, en un plazo de un año a partir de la entrada en vigor del presente Reglamento.

Dado en la Residencia del Poder Ejecutivo Federal, en la Ciudad de México, a veintisiete de febrero de dos mil quince.- Enrique Peña Nieto.- Rúbrica.- El Secretario de Marina, Vidal Francisco Soberón Sanz.- Rúbrica.- El Secretario de Medio Ambiente y Recursos Naturales, Juan José Guerra Abud.- Rúbrica.- El Secretario de Comunicaciones y Transportes, Gerardo Ruiz Esparza.- Rúbrica.- El Secretario de Educación Pública, Emilio Chuayffet Chemor.- Rúbrica.- La Secretaria de Salud, María de las Mercedes Martha Juan López.- Rúbrica.

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo transitorio-decimo-noveno

Ampliar

Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del transitorio-decimo-noveno Llegan al transitorio-decimo-noveno
Publicidad