Artículo 122. Las personas Permisionarias de Compresión, Descompresión, Licuefacción y Regasificación de Gas Natural son responsables del producto que manipulen desde su recepción y hasta su entrega, de conformidad con este reglamento y la Normatividad aplicable.
Reglamento [Reg_LSH]
Artículo 122 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos
Texto reglamentario íntegro, referencias y reglamento completo.
TÍTULO TERCERO - DE LAS DEMÁS ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS · Capítulo II - Del Alcance de las Actividades Permisionadas · Sección Sexta - De la Compresión, Descompresión, Licuefacción y Regasificación de Gas Natural
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