Reglamento [Reg_LSH]

Artículo 206 de REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos

Texto reglamentario íntegro y fuente oficial.

Ver reglamento completo

Buscar artículo o término en este reglamento

REGLAMENTO de la Ley del Sector Hidrocarburos (Reg_LSH)

Busca por número de artículo o por texto dentro de este reglamento.

Artículo 206

TÍTULO TERCERO - DE LAS DEMÁS ACTIVIDADES DE LA INDUSTRIA DE HIDROCARBUROS · Capítulo XI - De la Plataforma de Información Electrónica

Artículo 206. La Secretaría y la Comisión deben celebrar convenios de colaboración interinstitucional con las autoridades competentes para regular el acceso a la plataforma de información electrónica que al efecto se determine, con la finalidad de facilitar el intercambio de información en materia de prevención y sanción de delitos cometidos en materia de hidrocarburos.

Ver artículo Markdown