Reglamento [Reg_LSM]

Artículo 148 de REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar

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REGLAMENTO de la Ley del Servicio Militar (Reg_LSM)

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Artículo 148

CAPITULO XV - De los libros de inscripción, de la cartilla de identificación y matrícula

ARTICULO 148.- Los libros que menciona el artículo anterior, contendrán los datos siguientes:

I.- Matrícula que le corresponda;

II.- Nombre y apellidos paterno y materno;

III.- La fecha y lugar de nacimiento;

IV.- El nombre y el apellido de los padres;

V.- Si es mexicano por nacimiento o naturalización y manera de comprobarlo;

VI.- Su domicilio;

VII.- Su estado civil;

VIII.- Si sabe leer y escribir y grado máximo a que llegó en sus estudios;

IX.- Ocupación a que se dedica;

X.- Si tiene causas aparentes de excepción o inutilidad para el servicio de las armas;

XI.- Observaciones.

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