Ley [CCF]
Artículo 2509 de Código Civil Federal
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 2509.- Tampoco tiene derecho el comodatario para retener la cosa a pretexto de lo que por expensas o por cualquiera otra causa le deba el dueño.
Ley [CCF]
Texto íntegro, referencias y ley completa.
Artículo 2509.- Tampoco tiene derecho el comodatario para retener la cosa a pretexto de lo que por expensas o por cualquiera otra causa le deba el dueño.