Artículo 156.- Por los servicios de certificación mediante vuelos de inspección de ayudas a la navegación aérea, por cada hora de vuelo, en aeronave verificadora para determinación de sitio y certificación periódica o especial se pagarán derechos conforme a la cuota de $211,618.18

Párrafo reformado DOF

No se pagará el derecho a que se refiere este artículo por los servicios de certificación mediante vuelos de inspección a las instalaciones de ayudas a la navegación aérea propiedad de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes operadas por la misma.

Párrafo adicionado DOF

Artículo adicionado DOF

Citado por 0 leyes0 leyesBuscar sentencias publicas OAJBuscar Sentencias

Relaciones del artículo 156

Ampliar

  • Sin referencias directas identificadas. Puedes continuar por el índice de la ley.
Leyenda
Artículo seleccionado Artículo Ley completa Salen del 156 Llegan al 156
Publicidad