Ley [LFEA]

Articulo 17

Ley De Firma Electrónica Avanzada

Artículo 17. El certificado digital deberá contener lo siguiente:

  1. Número de serie;
  2. Autoridad certificadora que lo emitió;
  3. Algoritmo de firma;
  4. Vigencia;
  5. Nombre del titular del certificado digital;
  6. Dirección de correo electrónico del titular del certificado digital;
  7. Clave Única del Registro de Población (CURP) del titular del certificado digital;
  8. Clave pública, y
  9. Los demás requisitos que, en su caso, se establezcan en las disposiciones generales que se emitan en términos de .
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