Ley [LFEA]

Articulo 9

Ley De Firma Electrónica Avanzada

Artículo 9. Para que los sujetos obligados puedan utilizar la firma electrónica avanzada en los actos a que se refiere deberán contar con:

  1. Un certificado digital vigente, emitido u homologado en términos de la , y
  2. Una clave privada, generada bajo su exclusivo control.
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